Micelio
Auto14 de julio de 2022

A- de 2022

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Miguel Antonio Camargo Peña

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Cumplimiento De Sentencia De Tutela E Incidente De Desacato
  • Competencia excepcional de la Corte Constitucional
Cumplimiento Fallo De Tutela E Incidente De Desacato
  • Se remite escrito al juez de primera instancia para que adelante el trámite de cumplimiento o desacato, de considerarlo procedente
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de cumplimiento de la Sentencia T-074/16.

El accionante informó a la Corporación que el FONCEP no ha realizado los pagos de la pensión de sobrevivientes desde hace 48 meses.

Concluyó la Corte que en el asunto sub examine no se reúnen las condiciones para poder asumir la verificación del cumplimiento de lo dispuesto en el fallo de la referencia, primero, al no evidenciar que el juez a quien le compete pronunciarse sobre el particular haya ejercido su competencia y la desobediencia persista, o esa autoridad sea renuente en desplegar las medidas que conminan al cumplimiento del fallo.

Segundo, porque el peticionario no indicó que las órdenes hubiesen sido insuficientes para alcanzar su cumplimiento; tercero, porque no se constató que fuese necesario la intervención de la Corporación para salvaguardar los derechos fundamentales del menor protegido con la providencia en mención, cuarto, no es un caso en el que la autoridad obligada por la decisión sea un órgano jurisdiccional de cierre, sino una autoridad administrativa del orden distrital; quinto, las directrices derivadas de la providencia no tienen el calificativo de complejas y, sexto, no se evidenció una insuficiencia o incapacidad de las facultades del juez para propiciar el cumplimiento del fallo de tutela, por lo que no se podría aseverar que las medidas adoptadas fueron insuficientes o ineficaces.

Por todas las anteriores causales, la Sala Novena de Revisión RECHAZÓ, por improcedente, la solicitud de cumplimiento deprecada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (12 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud de asumir el conocimiento del cumplimiento de la sentencia T-074 de 2016 dentro del proceso de tutela promovido por Miguel Antonio Camargo Peña en representación de su hijo Yocimar Stiben Camargo Talero en contra del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP-.
  2. Segundo. A través de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR al Juzgado
  3. Séptimo. Laboral del Circuito de Bogotá el presente auto y los escritos que dieron origen a su expedición, con el fin de que verifique el estado cumplimiento de la sentencia T-074 de 2016.
  4. Notifíquese,
  5. DIANA FAJARDO RIVERA
  6. Magistrada
  7. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  8. Magistrado
  9. Ausente con excusa
  10. NATALIA ÁNGEL CABO
  11. Magistrada
  12. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.